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La Ley de Servicios de Pago (Ley 16/2009, publicada en el BOE del 14-11), en vigor desde el día 4 de diciembre de 2009, transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva sobre servicios de pago en el mercado interior del Parlamento Europeo y del Consejo (Directiva 2007/64/CE).
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El objetivo principal de esta ley y de la directiva es garantizar que los pagos realizados en el ámbito de la Unión Europea (UE) se efectúen con la misma facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales de los estados miembros.
Además, facilitará la aplicación operativa de los nuevos instrumentos de pago del proyecto SEPA (Single Euro Payments Area), que están desarrollando las entidades de crédito a través del Consejo Europeo de Pagos (EPC), con el impulso del Banco Central Europeo y de los bancos centrales nacionales.
Pagos en euros o en las monedas nacionales de los estados miembros, sin límite de importe, que se realicen dentro del espacio de la UE
La ley contempla los siguientes servicios de pago:
En la ley se definen los principales términos que utiliza, con la finalidad de normalizar el lenguaje sobre pagos en su ámbito de aplicación.
Se destacan a continuación algunos aspectos de la normativa que pueden afectarle como interviniente en las operaciones de pago que realice:
Para las operaciones de pago reguladas por la ley:
Si desea una información más ampliada de las implicaciones de la Ley de Servicios de Pago, puede visitar su web www.grupobancopopular.es o, si lo desea, le recordamos que su asesor de empresas o de particulares está a su disposición para aclararle cualquier duda o cuestión que necesite.
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